SUBSIDIO Ds19
PASO A PASO, SUBSIDIO DS19
Este tipo de subsidios otorgados a proyectos son parte del programa de integración social territorial liderado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU)
¿QUÉ ES Y QUIÉNES PUEDEN USARLO?
Aclarar que hay dos tipos de subsidios habitacionales, los que se otorgan a las personas, como el DS49 y los DS1, y los que se otorgan a los proyectos, como el DS116 y el Ds19.
Estos subsidios otorgados a proyectos son parte del programa de Integración Social y Territorial liderado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), al que cada inmobiliaria postula. Es decir, al igual que las personas, las inmobiliarias postulan sus proyectos inmobiliarios y es el Estado el que los evalúa y otorga según su programa, ubicación y diseño.
1) CÓMO SE COMPONEN
En los proyectos con subsidio DS19 se divide el total de viviendas en dos grupos: Viviendas Vulnerables y Viviendas Sector Medio.
2) PARA QUÉ SIRVEN
Los principales objetivos de este subsidio son:
A.- Que personas que se han adjudicado subsidios personales (DS49 y los DS1) tengan más opciones para encontrar y comprar una vivienda.
B.- Que los beneficiarios de subsidios personales puedan acceder a mejores proyectos inmobiliarios.
C.- Facilitar que personas que no pueden acceder a subsidios personales puedan postular a una vivienda con beneficios únicos.
D.- Otorgar mayores montos de subsidios comparados con un proyecto que no tiene este subsidio aprobado.
3) BENEFICIOS DEL SUBSIDIO DS19
A.- El principal beneficio son mayores montos de subsidios.
B.- Subvención mensual al dividendo por pago oportuno. Es una rebaja por cada dividendo que se pague al día, según el monto de crédito inicial.
C.- Subsidio para pagar la prima del seguro de desempleo (por todo el período del crédito). Complementa el monto necesario para cubrir al menos 6 meses de pago de dividendo.
D.- Seguro de remate. Cubre 100% para viviendas de hasta 1.400 UF.
E.- Ajuste al subsidio de originación. Es un incentivo para que a las entidades que otorgan Créditos Hipotecarios les resulte más atractivo dárselos a beneficiarios de subsidios. Cubre créditos de hasta 700 UF. Hay que aclarar que este subsidio NO es para cubrir costos operacionales como gastos notariales, estudio de títulos, etc.
4) REGLAS Y CONDICIONES
Requisitos para inscribirse en el subsidio Ds19:
A.- Familias con subsidio habitacional sin materializar. Es decir, se pueden inscribir familias que hayan ganado un subsidio personal (como el DS49 o los DS1), pero que aún no lo hayan podido usar.
B.- Familias o Personas sin subsidio habitacional y que cumplan con los requisitos para postular a alguno. Es decir, también se pueden inscribir familias que no hayan ganado algún subsidio personal, pero que cumplan las condiciones como para hacerlo (por ejemplo, tener Registro Social de Hogares http://www.registrosocial.gob.cl/).
C.- En el caso de los sectores medios, deben contar con el ahorro mínimo solicitado por el MINVU: UF 80.
D.- No ser dueño de una propiedad (postulante, cónyuge o integrantes del grupo familiar).
E.- Ser sujeto de crédito. Las condiciones pueden variar, pero como base, debe tener una renta compatible con el préstamo que va a pagar; poder acreditar antigüedad de esa renta; y no puede presentar morosidades, deudas vencidas o cheques protestados.
Importante: los montos del subsidio habitacional dependerán del valor de la vivienda a postular, la familia, comuna del proyecto, y podrán ser complementados por bonos.
5) CÓMO INSCRIBIRSE
Si cumples con todas las condiciones,
¡el subsidio DS19 es de inscripción automática en Sala de Ventas!
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